Técnico abriendo la llave de paso de un contador de gas natural en un edificio de viviendas

Dar de alta el gas: cuánto cuesta en 2026, papeles y plazos

Dar de alta el gas es poner en marcha el suministro de gas natural en una vivienda o un local para que empiece a llegar gas y a contar el contador. Si el edificio ya tiene gas y la instalación está en regla, se pide a la comercializadora que elijas y en unos días un técnico de la distribuidora conecta y verifica la instalación. Lo que pagas por el alta son importes regulados que cobra la distribuidora y que no cambian según la compañía con la que contrates.

El precio y los papeles dependen de tu caso: no es lo mismo dar de alta el gas por primera vez en una casa sin acometida que volver a darlo de alta después de una baja, o contratarlo en un piso donde el anterior inquilino lo tenía funcionando. Te explicamos cada situación con las cifras que publica la distribuidora para 2026 y lo que dice la normativa.

Alta, cambio de titular o cambio de compañía: qué necesitas en cada caso

Antes de nada, conviene saber qué trámite te toca, porque mucha gente pide un alta cuando en realidad le basta con un cambio de titular, que es más rápido y más barato.

Tu situaciónTrámiteQué pagas
Casa o local sin gas, o con el gas dado de baja y el contador retiradoAlta de suministroDerechos de alta y, según el caso, derechos de acometida
Piso con el gas funcionando a nombre de otra persona (por ejemplo, el inquilino anterior)Cambio de titularNormalmente nada, si no cambian las condiciones del suministro
El gas ya está a tu nombre y quieres otra tarifa o compañíaCambio de comercializadoraNada: el cambio es gratis

Si estás en el segundo o el tercer caso, no hace falta alta: puedes contratar directamente tu nueva tarifa con el código CUPS que aparece en cualquier factura del gas de esa vivienda.

Cuánto cuesta dar de alta el gas en 2026

Dar de alta el gas tiene dos posibles costes regulados, que cobra la distribuidora de tu zona (la empresa dueña de las tuberías y del contador) y que te llegan, normalmente, en la primera factura:

  • Derechos de alta. Incluyen el enganche (conectar tu instalación a la red) y la verificación de que la instalación cumple las condiciones de seguridad. Se pagan siempre en un suministro nuevo.
  • Derechos de acometida. Pagan la infraestructura que lleva el gas hasta tu punto de suministro. Solo se cobran si es un punto nuevo o si amplías uno existente, y se mantienen cinco años después de una baja.

Los importes los fijan las comunidades autónomas, así que varían según dónde vivas. Como referencia, estos son los que publica Madrileña Red de Gas para 2026:

Consumo anualPeajeDerechos de altaDerechos de acometida (contratante)
Hasta 5.000 kWh (cocina y agua caliente)RL175,47 €106,34 €
De 5.000 a 15.000 kWh (con calefacción)RL275,47 €106,34 €
De 15.000 a 50.000 kWhRL375,47 €244,40 €
Más de 50.000 kWhRL4 y superiores112,89 €488,83 €

Con esas cifras, una vivienda normal con calefacción que da de alta el gas en un punto nuevo paga unos 182 € entre alta y acometida; si la acometida ya está pagada, solo los 75,47 € del alta. A eso hay que sumar el certificado del instalador cuando haga falta uno nuevo, que es un precio libre: pide presupuesto a más de una empresa instaladora autorizada.

Si hay que construir una acometida desde la red general hasta tu casa, quien la solicita paga además una cantidad según los metros: en Madrid, 104,20 € por cada metro a partir del sexto (los seis primeros no se cobran).

Un detalle importante: estos importes son los mismos contrates con la compañía que contrates. No hace falta contratar con la comercializadora del mismo grupo que la distribuidora para que el alta sea más barata o más rápida.

Qué necesitas para dar de alta el gas

  • DNI, NIE o pasaporte de quien será el titular del contrato.
  • La dirección completa del suministro y, si lo tienes, el código CUPS (el código universal del punto de suministro, que empieza por ES y aparece en las facturas).
  • Los datos bancarios para domiciliar los recibos.
  • El certificado de la instalación receptora individual de gas (el «boletín» del instalador), cuando la instalación sea nueva, se haya modificado o lleve tiempo sin uso.
  • El certificado de la instalación térmica, si vas a usar el gas para la calefacción.
  • En edificios con instalación común, el certificado de la instalación receptora común.
  • Algunas compañías piden también el contrato de alquiler o la escritura, para comprobar que tienes derecho a contratar el suministro.

Cómo dar de alta el gas paso a paso

1. Elige la comercializadora y la tarifa

El alta se pide a través de la comercializadora con la que vayas a contratar el gas. Es el momento de elegir bien, porque la tarifa que pongas ahora es la que pagarás desde la primera factura. La elección depende de cuánto gas vas a gastar: no es lo mismo un piso que solo usa gas para cocinar y el agua caliente que una casa con calefacción de gas.

2. La comercializadora envía la solicitud a la distribuidora

Con tus datos y los certificados, la comercializadora pide a la distribuidora la puesta en servicio. La distribuidora está obligada a atender las solicitudes de cualquier comercializadora con los mismos criterios, sin favorecer a la de su grupo.

3. La distribuidora valida la solicitud y conecta el gas

Si el edificio ya tiene acometida, para un hogar la distribuidora tiene seis días hábiles para validar la solicitud y, una vez validada, otros seis para dar el suministro. En la visita, el técnico verifica la instalación, coloca y precinta el contador si hace falta y deja el gas funcionando. Si la instalación tiene algún defecto, no conectará hasta que se corrija.

4. Revisa la primera factura

En la primera factura deberían aparecer los derechos de alta y, si toca, los de acometida. Comprueba que el importe coincide con el de tu comunidad autónoma y que la tarifa de acceso o peaje (RL1, RL2 o RL3) corresponde a tu consumo real: si te dan de alta en un tramo más alto del que necesitas, pagarás un término fijo mayor todos los meses.

¿Estás pagando mucho en tu factura de gas?

Revisamos tu factura de gas y, si hay una opción mejor, te la explicamos y gestionamos el cambio solo si tú quieres. Analizamos tu consumo, comprobamos tu tramo de peaje y comparamos las ofertas de las comercializadoras con las que trabajamos, siempre gratis.

Vivienda de primera o de segunda ocupación

Las compañías suelen distinguir entre una vivienda de primera ocupación (nueva, que nunca ha tenido suministro) y una de segunda ocupación (usada). En la primera hay que tramitar un alta completa, con certificado de la instalación y, a menudo, acometida. En la segunda depende de cómo esté el gas: si sigue funcionando a nombre del anterior propietario o inquilino, basta un cambio de titular; si se dio de baja y se retiró el contador, es un alta tras baja, con las reglas que explicamos más abajo.

Dar de alta el gas por primera vez en una vivienda sin gas

Si la casa nunca ha tenido gas natural, el orden es el siguiente: comprobar con la distribuidora de tu zona que hay red cerca, pedir la acometida si no la hay, encargar la instalación interior a una empresa instaladora autorizada (que te entregará el certificado) y, por último, contratar el suministro con una comercializadora. Te lo explicamos con detalle, con lo que cuesta cada parte, en cómo instalar gas natural en casa.

La construcción de una acometida no tiene un plazo fijo, porque suele requerir obras en la vía pública con permisos municipales. Si tu calle ya tiene red, lo habitual es que todo el proceso dure unas semanas; si hay que llevar la red, puede alargarse bastante más.

Volver a dar de alta el gas después de una baja

Cuando se da de baja el gas, la distribuidora suele retirar o precintar el contador. Para recuperarlo hay que pedir un alta nueva, y lo que cuesta depende sobre todo del tiempo que haya pasado:

  • Menos de un año: normalmente basta con el certificado de instalación que ya tenías y la última revisión periódica sin defectos. Pagas los derechos de alta.
  • Más de un año: la distribuidora suele pedir un certificado nuevo de un instalador autorizado que confirme que la instalación sigue en condiciones.
  • Más de cinco años: se pierden los derechos de acometida que se pagaron en su día, así que se cobran otra vez, como en un punto nuevo.

Por eso, si vas a dejar una vivienda vacía unos meses, a veces sale más a cuenta mantener el gas con la tarifa más barata que darlo de baja y tener que darlo de alta de nuevo.

Si te han cortado el gas: cómo recuperarlo

Si el gas no está dado de baja sino cortado por impago, no hace falta un alta nueva: hay que pagar la deuda y pedir la reconexión. La ley fija lo que cuesta: la reconexión de un corte imputable al consumidor obliga a pagar el doble de los derechos de enganche vigentes en tu comunidad, como compensación por los gastos de desconexión.

Si el corte se alarga y la distribuidora llega a retirar el contador, ya no basta con reconectar: habrá que tramitar un alta nueva, con los costes que explicamos arriba.

Quién interviene: tu distribuidora y tu comercializadora

En un alta participan dos empresas distintas. La comercializadora es la que tú eliges: te vende el gas, firma el contrato contigo y te envía las facturas. La distribuidora no la eliges, porque depende de dónde vivas: es la dueña de la red y del contador, la que hace la visita técnica y la que cobra los derechos de alta y acometida.

La mayor distribuidora es Nedgia, del grupo Naturgy, presente en once comunidades autónomas; otras importantes son Madrileña Red de Gas, Nortegas y Redexis. El nombre de la tuya aparece en cualquier factura de gas de la vivienda. Que tu distribuidora sea de un grupo no te obliga a contratar con la comercializadora de ese grupo.

Dar de alta el gas en un piso de una comunidad de vecinos

Si el edificio ya tiene gas, el alta de tu piso es como la de cualquier vivienda. Si es la comunidad la que quiere llevar el gas al edificio, primero hace falta la instalación receptora común (la que va desde la acometida hasta los contadores), con su propio certificado, y después cada vecino da de alta su suministro individual. Los derechos de acometida se pueden repartir entre los vecinos que se van conectando.

Cuánto tarda en estar el gas

Si hay acometida y la instalación está en regla, el plazo legal para un hogar es de hasta seis días hábiles para validar la solicitud y otros seis para la puesta en servicio. En la práctica, muchas altas están listas en una o dos semanas. Lo que más retrasa un alta es que falte el certificado del instalador o que el técnico encuentre un defecto en la instalación.

Con qué compañía dar de alta el gas

Puedes dar de alta el gas con cualquier comercializadora que opere en tu zona: el coste del alta y el técnico que viene son los mismos. Lo que cambia es el precio del gas que pagarás después, que se compone de un término fijo al día y un precio por cada kWh consumido. Para elegir bien desde el principio, consulta el precio del gas y lo que cuesta el gas al año en una casa.

Para elegir, fíjate en tu consumo previsto (el peaje RL1, RL2 o RL3 depende de él), en si el precio es fijo durante un año o cambia con el mercado, en si hay permanencia y en si la tarifa incluye servicios de mantenimiento que encarecen la cuota. Si ya tienes una factura de gas de esa vivienda o de tu casa anterior, con ella se puede calcular con bastante precisión qué tarifa te sale más barata.

La revisión periódica, una vez tengas el gas

Con el gas dado de alta, la instalación tiene que pasar una inspección cada cinco años, que hace la distribuidora o una empresa instaladora habilitada. La distribuidora avisa con antelación de cuándo toca. Si la hace la distribuidora, el precio está regulado; si eliges a una empresa instaladora, el precio es libre.

Preguntas frecuentes sobre dar de alta el gas

¿Es gratis dar de alta el gas?

No. Los derechos de alta son un coste regulado que cobra la distribuidora: 75,47 € en 2026 para un hogar en la zona de Madrileña Red de Gas, y lo normal es pagarlo en la primera factura.

¿Puedo dar de alta el gas si no soy el propietario?

Sí. Un inquilino puede dar de alta el gas a su nombre. Algunas compañías te pedirán el contrato de alquiler para comprobar que vives en la vivienda.

¿Se puede dar de alta el gas por internet?

Sí, la mayoría de comercializadoras permiten contratar el gas online o por teléfono. Lo que no se puede hacer a distancia es la visita del técnico, cuando el contador está retirado o hay que verificar la instalación.

¿Tengo que estar en casa el día del alta?

Si el técnico tiene que entrar a verificar la instalación o a poner el contador, sí: tiene que haber alguien que le abra. Si el contador está accesible desde fuera y la instalación no necesita revisión, a veces no hace falta.

¿Puedo dar de alta la luz y el gas a la vez?

Sí, pero son dos suministros distintos, con distribuidoras y contratos diferentes. Puedes tenerlos con la misma comercializadora o con dos distintas, según te salga más barato. Los pasos y el coste del alta de la luz los explicamos en cómo dar de alta la luz.

¿Qué pasa si el técnico encuentra un defecto en la instalación?

No conectará el gas hasta que se corrija. Tendrás que llamar a una empresa instaladora autorizada para que lo arregle y te dé el certificado, y después pedir una nueva visita.

¿Puedo dar de alta el gas con la tarifa regulada (TUR)?

Sí, si vas a gastar menos de 50.000 kWh al año: la TUR se contrata con una de las cuatro comercializadoras de referencia, también en un alta nueva. Antes de decidir, compara: con los precios de octubre de 2026 la TUR es más barata en precio, pero genera una deuda que se recuperará con subidas a partir de 2027. Te lo contamos en la guía de la TUR de gas, y en tarifas de gas más baratas tienes las ofertas del mercado libre de este mes.

Fuentes

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